17. Parecer de los párrocos conforme al can. 1745, 2º

 

En la sede del Obispado de SANTA AFECTADA, a las 10 horas del día 30 de abril de 1989 se reúne el Obispo de AFECTADA, Mons. TAL, con el Pbro. PBRO3, Párroco de P3, y el Pbro. PBRRO4, Párroco de la Parroquia P4.

Ambos Párrocos son los designados por el Consejo Presbiteral para los efectos determinados en los cáns. 1742 § 1 y 1745, 2º.

El Obispo Diocesano, luego de darles a conocer el contenido de la instrucción referente al cese del Pbro. E.N. CUESTIÓN como Párroco de la Parroquia SANTA PACIENCIA, de la localidad PACIENTE, procede a realizar el estudio señalado en el can. 1745, 2º.

Concluido el mismo, y luego de evaluar los elementos y datos disponibles, los dos Párrocos mencionados aconsejan proceder a su remoción.

Para constancia de este acto, firman la presente acta los Presbíteros más arriba mencionados, junto con Mons. TAL, Obispo de la Diócesis SANTA AFECTADA.